A la Federación Andaluza de Pádel
A la vista del correo enviado por la Comisión Gestora del siguiente tenor literal:
“Estimado presidente del Comité Electoral de la FAP,
Mediante la presente, en respuesta a la resolución de la comisión electoral, que usted preside, sobre la validación de petición de los votos no presenciales por parte del Comité Electoral.
Les solicitamos que estudien otras alternativas o posibilidades, para que los federados no residentes en Sevilla no tengan que desplazarse a la sede de la FAP para verificar y ratificar su voto, con el consiguiente gasto e incomodidad que ello conllevaría. Entendemos que esta diligente medida se ha llevado a cabo con el objetivo de verificar datos y evitar así suplantaciones de personalidad a la hora de realizar el voto con vistas a las elecciones y a la transparencia del proceso. Es por ello les rogamos estimen otras alternativas válidas para ratificar la identidad de las federadas y los federados afectados.
Reciban un cordial saludo. Quedamos a la espera de sus noticias.
Secretaría General”, los miembros de la Comisión Electoral, comunicados vía telefónica, han decido en base a la petición formulada por mentada Comisión Gestora, facilitar la ratificación de la solicitud de inclusión en el censo de voto no presencial de los federados incluidos en el Acta de Resolución de fecha 2 de febrero de 2017, mediante el correo electrónico que de cada uno de ellos conste en la Federación Andaluza de Pádel, adjuntando al mismo la documentación requerida para su inclusión (solicitud y DNI).
Asimismo, se amplía el plazo hasta las 24:00 horas del domingo 5 de febrero de 2017.
Y respecto a los reproches formulados por varios federados afectados, manifestar que dicha decisión fue adoptada con el único fin de salvaguardar y garantizar la transparencia del proceso electoral. Así pues, el federado que se sienta perjudicado podrá impetrar el auxilio de los Tribunales de Justicia.
La Comisión Electoral