La evolución epidemiológica del COVID-19 en Andalucía ha motivado la adopción de nuevas medidas de salud pública en la comunidad autónoma por parte de la administración competente. En este sentido, el pasado 22 de octubre se publicó en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA extraordinario número 67) una orden que modificaba la aprobada el 14 de julio que, a su vez, ya modificaba una anterior del 19 de junio.
En esta nueva modificación que ya ha entrado en vigor se dispone el uso de la mascarilla en situaciones que hasta ahora no era exigibles, entre ellas, en la práctica deportiva. En este sentido, la Orden del 22 de octubre incorpora algunos apuntes muy específicos:
Punto número 5 (se añade al apartado primero de la Orden dictada el 14 de julio)
“En el caso de la práctica físico-deportiva no federada, el uso de mascarilla será obligatorio si no se puede garantizar en todo momento la distancia de seguridad interpersonal”.
Punto número 2.4.2. (modifica parte del apartado 32º de la Orden del 19 de junio)
“En las competiciones deportivas oficiales de ámbito estatal y carácter no profesional y en las competiciones deportivas de ámbito internacional que estén bajo la tutela organizativa de las federaciones deportivas españolas que se desarrollen en territorio de la comunidad autónoma de Andalucía, será de aplicación el Protocolo de actuación para la vuelta de competiciones deportivas oficiales de ámbito estatal y carácter no profesional elaborado por el Consejo Superior de Deportes.
Asimismo, los organizadores de actividades y eventos deportivos de ocio y de competición que no sean oficiales federados de ámbito andaluz, nacional o internacional, estos últimos bajo la tutela organizativa de las federaciones deportivas españolas, deberán utilizar los protocolos aprobados a las federaciones deportivas andaluzas, teniendo en consideración que será obligatorio el uso de mascarilla si no se puede garantizar en todo momento la distancia de seguridad interpersonal.
En el caso de que se trate de prácticas físico-deportivas no reconocidas como modalidades deportivas en Andalucía, será obligatorio el uso de mascarilla si no se puede garantizar en todo momento la distancia de seguridad interpersonal, debiendo los organizadores contar con un protocolo específico de prevención del COVID19, tomando como referencia el Anexo I, que podrá ser requerido en cualquier momento por la autoridad competente”.
La FAP y el protocolo COVID-19
La Federación Andaluza de Pádel dispone de un protocolo de medidas de prevención y control del COVID-19 que implementa en cada una de sus competiciones y eventos. Dicho protocolo, del que se informa puntualmente a las autoridades competentes, se actualiza conforme a las nuevas disposiciones y requerimientos que van surgiendo.
Además, su aplicación tiene en cuenta la naturaleza del evento, las características del mismo y las particularidades del espacio en el que se desarrollará.
El objetivo de la FAP es favorecer la práctica del pádel en Andalucía en condiciones de seguridad.